¿Se pueden hacer reformas en una vivienda de alquiler?

Si has llegado aquí es porque te preguntas si podemos o no hacer una reforma en una vivienda alquilada ya que tienes a lo mejor en mente pedir permiso a tu casero.

Es cierto que permitir reformas en un inmueble tiene sus procesos y motivos justificados pero tenemos que hacerlo siempre cumpliendo con la ley.

En este artículo, te vamos a explicar en detalle como tiene que pedir permiso a un casero para hacer cualquier tipo de reforma en ese piso o esa casa de alquiler.

¿Un inquilino puede reformar una vivienda alquilada?

Entonces, para responder a esta pregunta si podemos o no hacer una reforma en vivienda de alquiler.

La respuesta es siempre y cuando tengamos en cuenta lo dispuesto en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sobre el particular.

Esta ley diferencia 4 tipos de obras permitidas en una vivienda de alquiler:

  • Cuando se trata de obras de conservación
  • Cuando se trata de pequeñas reparaciones
  • Cuando se trata de mejoría en las instalaciones
  • Cuando se trata de decisiones propias del arrendatario

A continuación, te lo explicamos en detalle cada tipo de reforma que puede hacer un inquilino o un propietario.

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¿Qué reformas podemos hacer en una vivienda alquilada?

Reformas de conservación en la vivienda

El proyecto de conservación es responsabilidad del propietario de la casa, y es el trabajo necesario para mantener la casa en buenas condiciones para vivir y usar.

Son obligatorias para los propietarios que no pueden subirles el alquiler y tienen que hacerse cargo de los mismos gastos, salvo que el daño a la vivienda no se deba al uso normal sino a un uso indebido por parte del inquilino o de las personas que conviven con él.

En este caso, estas reformas deben ser pagadas por el inquilino. En esta y otras situaciones conviene contar con un seguro del hogar que cubra el contenido y el continente de la casa, el cual debe ser pagado por el arrendador.

Si la obra no se puede retrasar por su urgencia, el arrendatario está obligado a aceptarlo en fecha y hora del inicio de la obra, pero si la reforma dura más de 20 días, el inquilino tiene derecho a un descuento de alquiler en proporción a la parte de la casa que no puede utilizar debido a esa reforma.

El inquilino tiene la obligación de poner en conocimiento del propietario lo más rápido posible y en caso de urgencia, el mimo inquilino las puede ejecutar y luego reclamar el importe al arrendador.

Pequeñas reparaciones en la vivienda

Las pequeñas reparaciones necesarias por el desgaste causado por el uso normal de la vivienda correrán a cargo del inquilino.

Este punto, el punto 4 del artículo 21, por su sencillez, pueden ser motivos para crear tensión y polémica entre propietarios e inquilinos. Finalmente, el juez debe decidir a quién corresponde el costo.

La jurisprudencia ha establecido que las reparaciones menores son reparaciones que cuestan menos de 150 euros. En algunos contratos, quienes acuerdan no exceder el 25% de la renta de alquiler mensual.

Si existe alguna discrepancia, la mejor y más económica forma es llegar a un acuerdo entre las dos partes, acordando que si algún elemento en la vivienda se desgasta por el uso normal, el costo debe ser asumido por el inquilino, pero si es debido a una incidencia o una avería ajena a su uso, el arrendador debe asumirla. 

Mejoras en la vivienda

Las reformas en la vivienda que pueden llevar a cabo los propietarios se consideran proyectos u obras de mejora porque intentan mejorar el estado de la vivienda en función de la situación del momento y darle más valor.

La intención del arrendador de realizar dicha obra deberá ser notificada al arrendatario por escrito con al menos tres meses de antelación para informarle de su naturaleza, hora de inicio, duración y coste previsible.

Los inquilinos tienen dos opciones:

• Si la reforma no puede posponerse hasta la finalización del contrato de arrendamiento, el inquilino entonces tendrá derecho a una disminución del importe de alquiler proporcionalmente en función de la parte de la casa que será privado de acceso y si procede podrá recibir una indemnización de los gastos provocados por esta obra.

 • Rescisión del contrato de alquiler.

¿Qué reformas no puede hacer el inquilino?

En el artículo 23 de la LAU trata de la reforma de la vivienda que puede realizar el inquilino de la vivienda, y establece que el inquilino no realizará las obras de modificación de la configuración de la vivienda o el contenido de la vivienda (mobiliario, plaza de garaje, trastero, etc… sin el consentimiento por escrito del propietario. Se prohíbe categóricamente trabajos que conduzcan a una disminución de la estabilidad o seguridad de ese piso o esa casa y del mismo inmueble.

¿Qué pasa si un inquilino hace una reforma sin el permiso del propietario?

Si el arrendatario realiza cualquier obra sin el consentimiento del arrendador, este último tiene tres opciones:

• Rescindir el contrato de alquiler.

• Exigir a los inquilinos que entreguen la vivienda tal como la habían alquilada.

• Mantenga el trabajo hecho. En este último caso, el inquilino no puede reclamar ninguna indemnización.

Si las obras del arrendatario hacen que la estabilidad o seguridad del edificio o sus apéndices disminuyan, el arrendador puede requerir la vuelta a sus orígenes.

Excepciones con los discapacitados y los mayores de 70 años para la reformas de viviendas alquiladas

El artículo 24 trata del privilegio del inquilino en el caso del inquilino mismo o de cualquiera con quien resida permanentemente, sea discapacitado o sea mayor de 70 años.

Son aquellas reformas en la casa que son necesarios para utilizarla correctamente de acuerdo a la discapacidad que ha sufrido, siempre y cuando no afecten los elementos o servicios comunes del edificio, ni provoquen merma de su estabilidad o seguridad. Con un escrito remitido al arrendador será más que suficiente.

Sin embargo, al finalizar la relación de arrendamiento, si el arrendador lo solicita, el inquilino estará obligado a devolver la casa a su estado anterior o mejor dicho dejarlo como cuando entró a vivir en esa vivienda.

¿Cómo debe un inquilino informar a su arrendatario de qué va a hacer una obra en la vivienda alquilada?

La notificación de una obra de la vivienda alquilada es siempre recomendable por escrito ya que para poder ser amparado ante la ley será siempre necesario un documento oficial para poder actuar ante cualquier diligencia y desacuerdo con la otra parte.

Aunque es verdad que ante la ley no es obligatorio hacerlo por escrito pero desde luego siempre será lo recomendable. Con todo esto, podemos decir que lo puedes hacer también de forma verbal.

Gracias a una solicitud de obra en la vivienda alquilada por escrito dejaremos registrado lo que vamos o queremos reparar o mejorar en esa vivienda.

Ese escrito deberá ser enviado por burofax o por correo certificado con acuse de recibo.

Tienes que siempre buscar la forma de dejar constancia de la recepción con fecha y hora correspondiente de este escrito.

Recuerda que a veces es la única forma de hacer llegar la información a un arrendador ya que en muchas ocasiones no son receptivos en acordar la reforma necesaria para el buen funcionamiento de la vivienda y la seguridad de los arrendatarios. Y por eso, cuando surgen reparaciones urgentes y no hay respuesta positiva del propietario, por desgracia, debemos acudir a este tipo de proceso para protegerse y no perder tiempo en la reparación ya que, según las averías, los convivientes pueden estar en un peligro constante. A continuación, si esos daños en la vivienda no son de mal uso del inquilino, el inquilino podrá reclamar el pago de esos costos de reparación.

Notificación del arrendador para reformar una vivienda alquilada

El proceso para un arrendador para notificar una obra en la vivienda alquilada será de la misma manera ya que al final ambas partes deberán cubrirse ante cualquier malentendido o desavenencia.

¿Qué te ha parecido este artículo? Ahora ya conoces los pasos que tienes que tomar ante cualquier reforma en una vivienda alquilada. Esta información es válida tanto para los propietarios como los inquilinos. REFORMAS-CONSTRUCCION.COM te invita a seguir navegando por su web para descubrir más noticias de reformas, decoración y construcción muy interesantes para tus futuras reformas en casa.

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